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JAQUE al crimen? MATE al narco! es una estrategia primigenia REGISTRADA en derechos de autor. NOTA: SE PERMITE SU REPRODUCCION TOTAL O PARCIAL (si se dan los créditos)



Introducción.


Guia legal de usuari@s de drogas
Tienes Libertad, busca Información y decide con Responsabilidad
Carlos Alberto Zamudio Angles, Colectivo por una Política Integral Hacia las Drogas CuPiHD 2010-01-01 CUPIHD http://cupihd.org/descargas/cupihd_lxnhTCSE.pdf
Trisección: Cultura Etiquetas [tags]: Recomendaciones despenalización Éxtasis (MDMA)

Introducción. Esta guía ofrece información sobre los derechos y las responsabilidades legales de los usuarios de drogas ilícitas establecidos en la Ley contra el narcomenudeo.

La ley no permite la posesión legal de drogas, lo que señala es que si las posees en ciertas cantidades y circunstancias no debes ser procesado penalmente. También reconoce a los consumidores como diferentes de farmacodependientes y delincuentes, lo que hace muy importante conocer y defender tus derechos fundamentales consagrados en la Constitución.

Derechos de los consumidores

El uso de alguna droga no te convierte en ciudadano de segunda clase, sigues teniendo todos los derechos y garantías de las leyes mexicanas que nos protegen a tod@s:

1. Derecho a la Libertad. Puedes pensar y decidir sobe lo que entra en tu cuerpo y lo que no, mientras no trasgredas los límites establecidos en la ley. Esto incluye lo que te embriaga.

2. Derecho a la Información. Verídica, ética y científica sobre el uso de sustancias y el proceso adictivo.

3. Derecho a la Salud, incluyendo tu libre elección del tratamiento médico y/o psicológico, acorde a tu género y con absoluto respeto a tu integridad física, emocional y mental; así como recibir atención inmediata y económicamente accesible.

4. Derecho a la Confidencialidad en los tratamientos por problemas por consumo de drogas, y a que la atención se brinde sin coerción o vigilancia de la policía u otras fuerzas del orden público

5. Derecho a tratamientos por dependencia y/o abuso de drogas apegados a las normas mexicanas e internacionales. El internamiento forzado de las personas es ILEGAL, incluso si lo realizan familiares. Las leyes contemplan el internamiento involuntario sólo si la integridad física del sujeto a de terceros esta en inminente peligro y notificando a la autoridad civil; o si es la tercera detención por portación de drogas para uso personal.

6. Derecho a un proceso legal justo y apegado a la ley en caso de cometer algún ilícito. Tienes derecho a ser juzgado por lo que haces, no por lo que puedas llegar a hacer.

Lo que todo consumidor debe saber

Consumir drogas no es delito pero si te sorprenden en posesión de drogas ilícitas, las responsabilidades son las siguientes:
*si posees menos cantidad a la señalada en la tabla, independientemente si eres farmacodependiente o consumidor. No hay pena, pero la policía puede llevarte ante el M.P, quien deberá recomendarte asistir a tratamiento. A partir de la tercera detención, el tratamiento es obligatorio� para los farmacodependientes
*si posees más cantidad a la señalada en la tabla, y “por las circunstancias del hecho no pueda considerarse destinada a comercializarlos o suministrarlos, aun gratuitamente”
la pena es de 10 a 36 meses de prisión y hasta 80 días de multa
*si posees más cantidad a la señalada en la tabla, “siempre y cuando esa posesión sea con la finalidad de comercializarlos o suministrarlos, aun gratuitamente”
la pena es de 3 a 6 años de prisión y de 80 a 300 días de multa
*si comercias o suministras “aun gratuitamente”
La pena es de 4 a 8 años y de 200 a 400 días de multa. Y de 7 a 15 años si se cometen en escuelas o a menos de 300 metros de su colindancia.
Conceptos usados por la ley general de la salud
I.comercio: la veta, compra, adquisición o enajenación de algún narcótico
II. farmacodependencia: conjunto de fenómenos de comportamiento, cognoscitivo y fisiológicos, que se desarrollan luego del consumo repetido de algún narcótico.
III. farmacodependientes: toda persona que presenta algún síntoma de dependencia a algún narcótico
IV. consumidor: toda persona que consume o utilice estupefacientes o psicotrópicos y que no presente signos o síntomas de dependencia.
V. Narcóticos: los estupefacientes psicotrópicos y demás sustancias o vegetales que determina esta ley, así como los convenios y tratados internacionales de observación obligatoria en México.
VI. posesión: la tenencia material de narcóticos o cuando estos están dentro del radio de acción y disponibilidad de la persona.
VII. Suministro: la transmisión material de forma directa o indirecta por cualquier concepto, la tenencia de narcóticos.

Tabla de orientación de dosis maximas de consumo personal e inmediato

Narcótico
Dosis máxima, consumo persnal e inmediato

Opio....................................................................................2gr.
Diacetilmorfina o Heroina......................................................50mg.
Cannabis Sativa o Marihuana.................................................5gr.
Cocaina [incluye piedra o crack]............................................500mg.
Lisergida (LSD) [acidos]........................................................0.015mg.


Polvo Granulado o Cristal Tabletas o Capsulas
MDA, Metilendioxifetamina [cristal o hielo]...............................40mg. ..unidad con peso no mayor a 200mg.
MDMA, dl-34-metilendioxi-n-dimetilfeniletilamina[extasis]..........40mg. ..unidad con peso no mayor a 200mg.
Metanfetamina[Anfetas o speed].............................................40mg. ..unidad con peso no mayor a 200mg.


Acciones recomendadas

a)Si no consumes , NO CONSUMAS.
b)Pero si consumes, no lo hagas en espacios públicos, ni portes nunca mas de la dosis establecida.
c)Si portas drogas, o aun si no portas y eres detenido por policías:
1) Hazles saber que tienes derechos y que no deben revisarte si no tienen una orden firmada por algún juez o ministerio publico.
2)Si te revisan y no portas drogas, no deben detenerte
3)En la medida de lo posible, evita ser llevado al M.P
4)En caso de ser presentado ante el M.P, asume tus responsabilidades como consumidor. Si portas una cantidad de droga mayor a la establecida en la tabla pide la asistencia de un abogado.
d)NUNCA VENDER ni suministrar drogas; la nueva ley permite policías vestidos de civil, por lo que dar droga a alguien para verte “buena onda” te puede llevar a la cárcel.
e)En caso de ser sujeto de detención arbitraria, extorsión y/o "siembra" de drogas, por parte de alguna autoridad, acude o llama a la comisión de derechos humanos más cercana.
NO DEFENDER TUS DERECHOS TE HACE VULERABLE AL ABUSO DE PODER

En el Distrito Federal, la CDHDF te atiende al 5229 5600


 


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LA DERROTA COMERCIAL DEL NARCOTRAFICO Una estrategia lógica y letal contra el narcotrafico y las adicciones.
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